Comité Central de Padres de Familia

Paz y Bien estimados Padres de Familia:

 

 

CAPÍTULO IV

DEL COMITÉ CENTRAL

(Ley Orgánica de Educación Intercultural y Reglamento General)

 

Artículo 9.- De la conformación.- En cada institución educativa funcionará el comité central de madres y padres de familia y/o representantes legales, constituido por un presidente, un secretario, un tesorero y cuatro vocales; los cuales serán seleccionados de entre los presidentes de los comités de paralelo.

Cada vocal del comité central tendrá a cargo fomentar un ámbito de competencia, siendo estos: convivencia armónica, alimentación saludable, seguridad y participación. La convocatoria para la formación del comité central será realizada máximo dentro del primer mes de iniciado el año lectivo.

La elección se realizará con base en la aplicación del sistema de votación individual de los presidentes de los comités de paralelo que asistan a la reunión, excluyendo la aplicación de sorteos y asignaciones por afinidad. No podrán ser candidatizados los representantes ausentes y se deberá garantizar que exista representatividad de género.

 

Artículo 10.- Funciones.- Son funciones del comité central de madres, padres de familia y/o representantes legales, las siguientes:

a) Elaborar una planificación de actividades que se pretendan implementar en el año lectivo en curso, en el marco de la convivencia armónica, la alimentación saludable, la seguridad y participación, y demás acciones, de acuerdo a las necesidades de cada institución educativa;

b) Colaborar y participar junto a las autoridades, personal docente, administrativo, Departamento de Consejería Estudiantil de la institución educativa en el desarrollo de planes, programas y proyectos que fortalezcan la convivencia armónica, la alimentación saludable, la seguridad y participación, y demás acciones, de acuerdo a las necesidades de cada institución educativa;

c) Designar al delegado de las madres, padres de familia o representantes legales de paralelo para integrar el Gobierno Escolar;

d) Participar activamente, a través del delegado en el Gobierno Escolar, en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, Código de Convivencia y demás instrumentos del quehacer educativo; así como intervenir en el seguimiento, monitoreo y evaluación de los mismos;

e) Participar de forma activa y fomentar la participación de las madres, padres de familia y/o representantes legales en el programa de participación y animación socioeducativa impulsado desde el nivel central;

f) Convocar a los presidentes de los comités de paralelo a asambleas generales de trabajo y demás actividades programadas en la planificación anual;

g) Socializar en las asambleas generales, la planificación de actividades para el año lectivo en curso y el avance de las acciones implementadas; y,

h) Realizar la rendición de cuentas de la planificación de actividades implementadas, un mes antes de terminarse el año escolar.

 

Artículo 11.- De las asambleas generales.- Las asambleas generales del comité central son espacios que buscan la participación directa de todos los presidentes de los comités de paralelo, cuyo fin es establecer un diálogo ampliado para analizar, debatir y proponer acciones que garanticen la convivencia armónica, alimentación saludable, seguridad y participación activa de la comunidad educativa.

 En cada institución educativa se deberá realizar como mínimo tres asambleas generales durante el año lectivo, en donde se revisará aquellos temas de interés que presente la institución educativa, instando a la construcción de compromisos y responsabilidades para poder dar respuesta a los mismos.

La autoridad de la institución educativa tendrá conocimiento de los objetivos de cada asamblea, los temas expuestos y los compromisos alcanzados con la finalidad de coordinar con las demás actividades institucionales.

El comité central podrá hacer uso de las instalaciones del establecimiento educativo para la realización de reuniones de trabajo, previa coordinación con las autoridades educativas, siempre y cuando se cumplan los principios establecidos en la Ley Orgánica de Educación Intercultural.

 La máxima autoridad o su delegado serán invitados a todas las reuniones que el comité central establezca para efectos de coordinación, comunicación y transparencia en los procesos escolares.

 

 

INSTITUTO DE

HERMANAS FRANCISCANAS MISIONERAS DE LA INMACULADA

Contactos

Carchi 2800 y San Martín

Guayaquil

Ecuador

(593-4) 2362803

info@uesfa.edu.ec

Lo más visitado

Paktay

Síguenos en:

Te puede interesar:

© Copyright 2024. Todos los derechos reservados Unidad Educativa San Francisco de Asís